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Reglamento del Instituto de Investigaciones “Dr. Adolfo Prieto” Facultad de Humanidades y Artes - UNR

Capítulo V: de la Radicación de Proyectos, Líneas y Programas de Investigación

 

Artículo N° 18.- de la Radicación de Proyectos:

 

a) Tendrán asiento en el Instituto de Investigaciones los proyectos de becarios/as y equipos de investigación de los docentes-investigadores/as de nuestra Facultad. Cada proyecto deberá tener un Director/a y/o Investigador/a Responsable.

 

Artículo N° 19.- de la Radicación de Líneas y/o Programas:

 

a) Los proyectos de los equipos podrán organizarse en líneas o programas de investigación, en tanto se defina un campo de trabajo y objetivos comunes, de acuerdo a la normativa vigente en la Universidad Nacional de Rosario. Deberán tener un Director/a y/o Investigador/a Responsable, Investigadores/as Formados, Becarios/as y Auxiliares de investigación si fuera necesario.

Instructivo para radicación:

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